República Argentina · Provincia de CórdobaPublicación Oficial · Diciembre 2025
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Municipalidad de

Alejandro Roca

Boletín Oficial Municipal — alejandro.gob.ar
BOLETÍN 12-2025
Diciembre 2025
alejandro.gob.arBoletín Oficial › 12-2025
Publicación Oficial. Las normas aquí publicadas tienen carácter oficial y surten plenos efectos legales a partir de su publicación, conforme a la Ley Orgánica Municipal de la Provincia de Córdoba N° 8.102.
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Índice General — Diciembre 2025

4 Ordenanzas y 14 Decretos sancionados durante el mes de diciembre de 2025

ORD. 063
Modificación Ord. 059/2025 — Régimen de Actualización de Cuotas por IPC (Planes de Viviendas)18/12/2025
ORD. 064
Autorización al DEM para Operaciones Financieras con Entidades Públicas y Privadas18/12/2025
ORD. 065
Rectificación Presupuestaria N° 2 — Año 2025 ($6.273.400.000)18/12/2025
ORD. 066
Ordenanza General Tarifaria 2026 — con Anexo DUT (16 Títulos, 83 Artículos)18/12/2025
DEC. 098
Designación Coordinador de Desarrollo Social — Rosa, Daniel Oscar01/12/2025
DEC. 099
Promulgación Ord. 058 — Prórroga Período de Sesiones del Concejo Deliberante02/12/2025
DEC. 100
Promulgación Ord. 059 — Sistema de Regularización de Cuotas Planes de Viviendas (IPC)02/12/2025
DEC. 101
Promulgación Ord. 060 — Escritura Traslativa Davico, Marcos Damián02/12/2025
DEC. 102
Promulgación Ord. 061 — Recomposición Salarial 4,4% ATE02/12/2025
DEC. 103
Recategorización — Almazán, Luis Alfredo (Categoría 18 → 20)11/12/2025
DEC. 104
Creación de la Secretaría de Educación, Cultura, Deporte y Recreación12/12/2025
DEC. 105
Bono de Fin de Año — Personal Municipal ($65.000)17/12/2025
DEC. 106
Promulgación Ord. 063 — Régimen Actualización Cuotas IPC Planes de Viviendas22/12/2025
DEC. 107
Promulgación Ord. 064 — Operaciones Financieras con Entidades Públicas y Privadas22/12/2025
DEC. 108
Promulgación Ord. 065 — Rectificación Presupuestaria N° 2 / 202522/12/2025
DEC. 109
Promulgación Ord. 066 — Ordenanza General Tarifaria 202622/12/2025
DEC. 110
Promulgación Ord. 062 — Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos 202622/12/2025
DEC. 111
Asueto Administrativo — 26 de diciembre 2025 y 2 de enero 202623/12/2025
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Ordenanzas

Concejo Deliberante de Alejandro Roca — N° 063 al 066 · Diciembre 2025

ORD. 063/2025
Modificación Ord. 059/2025 — Régimen de Actualización de Cuotas por IPC (Planes de Viviendas y Terrenos)
18/12/2025 — Concejo Deliberante
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Art. 1°SUSTITÚYASE el inciso c) del Artículo 2° de la Ordenanza N° 059/2025, el que quedará redactado de la siguiente manera: "c) Todas las cuotas correspondientes a los planes de viviendas y terrenos municipales, sean corrientes, vencidas y/o futuras, se determinarán y/o actualizarán conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC) vigente al momento de su exigibilidad y/o efectivo pago, o el índice oficial que en el futuro lo reemplace."
Art. 2°ESTABLÉCESE que los adjudicatarios de planes de viviendas y terrenos municipales quedarán automáticamente adheridos al régimen de actualización por IPC de la presente Ordenanza, aun cuando existan convenios o contratos suscriptos con anterioridad, salvo manifestación expresa en contrario dentro de los treinta (30) días corridos desde la entrada en vigencia. Vencido dicho plazo sin oposición, se considerará aceptada la adhesión.
Art. 3°DISPÓNGASE que el incumplimiento en el pago de dos (2) o más cuotas consecutivas o alternadas producirá la pérdida automática del beneficio de actualización por IPC. En tal supuesto, las cuotas adeudadas se actualizarán conforme al índice previsto en el contrato original o el que resulte más conveniente al interés municipal.
Art. 4°La adhesión al presente régimen no requerirá la suscripción de nuevos contratos, convenios ni anexos, resultando suficiente la aplicación de la norma, salvo manifestación expresa en contrario en los términos del Artículo 2°.
Art. 5°DERÓGASE toda disposición de la Ordenanza N° 059/2025 que establezca la obligación de suscribir contratos, convenios o anexos para la aplicación del régimen de actualización de cuotas.
Art. 6°RATIFÍCANSE en todo lo demás los términos de la Ordenanza N° 059/2025 que no se opongan a la presente.
Art. 7°La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su promulgación, siendo de aplicación a las cuotas corrientes, vencidas y futuras.
Art. 8°COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
Dada en sala de sesiones del Concejo Deliberante con fecha 18/12/2025.
ORD. 064/2025
Autorización al DEM para Operaciones Financieras con Entidades Públicas y Privadas
18/12/2025 — Concejo Deliberante
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Art. 1°AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a operar con entidades financieras públicas o privadas, nacionales o provinciales, bancos oficiales o privados, cajas de ahorro, y toda otra entidad legalmente habilitada.
Art. 2°FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a abrir, administrar, operar y cerrar cuentas de cualquier naturaleza, incluidas cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas especiales, cuentas y fondos de inversión y cuentas en moneda extranjera.
Art. 3°AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar operaciones financieras y de inversión lícitas, tales como colocaciones a plazo fijo, fondos comunes de inversión e instrumentos financieros permitidos.
Art. 4°FACÚLTASE expresamente al Departamento Ejecutivo Municipal a operar en moneda nacional y extranjera, incluyendo dólares estadounidenses u otras divisas, con el objeto de preservar el valor de los fondos públicos.
Art. 5°AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir contratos, convenios y acuerdos necesarios para la implementación de las operaciones autorizadas.
Art. 6°Las operaciones deberán ajustarse a los principios de legalidad, razonabilidad, eficiencia, transparencia y control, quedando sujetas a los sistemas de control previstos por la normativa vigente.
Art. 7°COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
Dada en sala de sesiones del Concejo Deliberante con fecha 18/12/2025.
ORD. 065/2025
Rectificación Presupuestaria N° 2 — Año 2025 ($6.273.400.000)
18/12/2025 — Concejo Deliberante
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Art. 1°RECTIFÍCASE la Ordenanza de CÁLCULO DE RECURSOS y el PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS año 2025, conforme el siguiente detalle — CÁLCULO DE RECURSOS / PARTIDAS A INCREMENTAR: Partida 1-1-1-007 Refuerzo de partidas - Sueldos: incremento $300.000.000,00. TOTAL INCREMENTO: $300.000.000,00.
Art. 2°La presente rectificación lleva el número DOS (2), quedando el CÁLCULO DE RECURSOS y el PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS año 2025 establecido en la suma de Pesos SEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($6.273.400.000,00).
Art. 3°COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
Dada en sala de sesiones del Concejo Deliberante con fecha 18/12/2025.
ORD. 066/2025
Ordenanza General Tarifaria 2026 — 16 Títulos · 83 Artículos · con Anexo DUT
18/12/2025 — Concejo Deliberante
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Art. 1°ESTABLÉCESE la siguiente Ordenanza General Tarifaria a regir desde el primero (1) de enero de dos mil veintiséis y hasta el treinta y uno de diciembre de dos mil veintiséis, conforme las disposiciones emanadas de la Ordenanza General Impositiva, cuyos importes se establecen en los artículos siguientes.
Arts. 2° a 8°TÍTULO I — CONTRIBUCIONES SOBRE INMUEBLES. Tasas básicas por metro lineal de frente (por año): Zona A-1 $11.500 (mín. $115.000); Zona A-2 $9.500 (mín. $95.000); Zona A-3 $6.000 (mín. $60.000); Zona A-4 $4.600 (mín. $46.000). Propiedades de más de 10 metros: excedente a $5.700 / $4.800 / $3.300 / $2.400 según zona. Adicional baldíos: coeficiente 2,00 a 1,60 según zona. Esquinas: reducción del 35%. Pago contado anual: bonificación 10%; pago en 12 cuotas mensuales al día 15 de cada mes; planes de pago de hasta 12 cuotas para deudas atrasadas.
Arts. 9° a 21°TÍTULO II — CONTRIBUCIONES SOBRE COMERCIO, INDUSTRIA Y SERVICIOS. Alícuota general: 6‰ (comercio e industria); 10‰ (servicios). Mínimo mensual: $38.000. Mínimos especiales: Pub y Snack $100.000; Clubes/Boliches $250.000; Remisse por coche $17.000; Empresas de transporte $120.000. Empresas del Estado y distribuidoras: alícuota 10‰, mínimo $7.000.000. Bancos: 10‰, mínimo mensual $7.300.000. Maní confitería Categoría A: $32.500.000 anual; Categoría B: $21.000.000 anual. Maíz/Etanol: $50.700.000 anual. Monotributistas según tabla Ord. N° 41/2018.
Arts. 22° a 24°TÍTULO III — ESPECTÁCULOS Y DIVERSIONES PÚBLICAS. Tasa: 5% del valor de entradas (tomando como referencia el 50% de la capacidad del lugar). Las invitaciones gratuitas no están eximidas del tributo.
Arts. 25° a 38°TÍTULO IV — CEMENTERIOS. Inhumaciones: nichos particulares $45.000; nichos municipales $35.000; sepultura en tierra $45.000; introducción de restos de otras localidades $55.000; traslado $35.000; reducción/cambio de ataúd $48.000. Renovación concesión nichos: fila 1 $20.000; fila 2 $25.000; fila 3 $35.000; fila 4 $30.000. Concesión 99 años de terrenos: hasta 4,50 m² $85.000/m²; hasta 6,00 m² $120.000/m²; más de 6,00 m² $145.000/m². Tasas anuales a la propiedad en cementerio según categorías A a L: $16.000 a $53.000.
Art. 39°TÍTULO V — VALORES SORTEABLES CON PREMIOS. Circulación de rifas y boletos de sorteo: $35.000 por día y por persona para empresas o instituciones no radicadas en la localidad. Las instituciones locales están exentas.
Arts. 40° a 41°TÍTULO VI — INSPECCIÓN ELÉCTRICA Y MECÁNICA. Derecho del 10% por kW consumido sobre lo facturado por la empresa prestataria de electricidad. Demás servicios de inspección y fiscalización: sin cargo en el presente ejercicio.
Arts. 42° a 47°TÍTULO VII — OCUPACIÓN Y COMERCIO EN VÍA PÚBLICA. Tendido de líneas telefónicas: $1.500 por usuario/mes. Postes de líneas eléctricas: $2.000 por poste/mes (cooperativas locales: 50% de reducción). Espacio aéreo: transmisiones $13.000/mes; TV por cable $104.000/mes.
Arts. 48° a 49°TÍTULO VIII — DERECHO DE PROTECCIÓN A LA SALUD. Desinfección/desinsectación/desratización: hasta 200 m² $20.500; de 202 m² a 500 m² $39.000; más de 500 m² $81.000. Vehículos: taxis/remises $9.500; transporte escolar $12.400; ómnibus $18.200.
Arts. 50° a 51°TÍTULO IX — INSPECCIÓN VETERINARIA Y BROMATOLÓGICA. Carne bovina y equina por media res: $6.000; carne porcina: $4.000; restantes alimentos: $30.000 por entrada a la localidad. Pago antes del día 10 de cada mes.
Arts. 52° a 53°TÍTULO X — DERECHOS DE OFICINA. Trámites de inmuebles: libre deuda $4.000; visación plano unión por lote $17.000; tasa de mensura y subdivisión por lote $27.000. Carnets de Conductor: Clase A $14.000; Clase B/C $19.500; Clase D/E/F/G (menores 45 años) $24.700; mayores de 70 años y menores de 21 años $9.800. Altas de vehículos: 0 km 2025 $60.500; modelos 2024-2023 $42.000; modelos 2022-2021 $28.000. Derechos de Guías de Ganado (DUT): según Anexo I (Documento Único de Tránsito). Carnet Manipulación de Alimentos: $20.000; renovación: $10.000.
Arts. 54° a 60°TÍTULO XI — IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS AUTOMOTORES. Automóviles y motos: alícuota 1,50% sobre valor Organismo Fiscal. Camiones y acoplados: alícuota 1,07% (0,8% para más de 20 camiones). Mínimos por antigüedad: automotores $70.000; camionetas $120.000; camiones $600.000; acoplados $50.000; motos $20.000. Bonificación del 20% para contribuyentes sin deuda al 31/12/2025. Descuento adicional 10% para Contribuyente Cumplidor.
Art. 61°TÍTULO XII — FINANCIAMIENTO DE OBRA PÚBLICA. Agua corriente: $1.500 por consumidor/mes. TV por cable: $2.000 por abonado/mes. Gas natural: alícuota 7,5% por m³ consumido (2,25% para usinas térmicas).
Arts. 62° a 69°TÍTULO XIII — RENTAS DIVERSAS. Animales sueltos en vía pública: equinos/bovinos/mulares $30.000; perros y otros $31.000. Alquiler de maquinaria: pala cargadora/motoniveladora/tractor 80 lts de gasoil/hora; camión 5 lts/km/día; autohormigonera 80 lts/hora. Retiro de árboles sin autorización: multa $65.000 por árbol ($130.000 reincidentes). Desagotes: zona centro 16 lts gasoil/tanque; periferia 14 lts/tanque. Transporte de agua: $60.000 por tanque (lunes a viernes); $85.000 sábados, domingos y feriados.
Arts. 70° a 71°TÍTULO XIV — ARANCELES REGISTRO CIVIL. Matrimonio en horario habilitado (lunes a viernes) $15.000; fuera de horario $37.000; sábados, domingos y feriados $60.000. Inscripción de defunción $4.000. Transcripción de actas $12.000.
Art. 72°TÍTULO XV — ESTRUCTURAS PORTANTES DE ANTENAS DE TELEFONÍA. Tasa por habilitación: $1.000.000 por única vez y por estructura. Tasa por inspección anual: $1.250.000 por estructura. Estructuras no convencionales (tipo Wicap): un tercio de los montos anteriores.
Arts. 73° a 83°TÍTULO XVI — DISPOSICIONES GENERALES. Las tasas tendrán ajuste trimestral conforme al IPC (Índice de Precios al Consumidor) del INDEC acumulado en dicho período, vigente desde enero de 2026. Tasa de interés por mora: equivalente a la Tasa Mínima Nominal Anual del Banco Nación para depósitos a plazo fijo. Multas generales: entre $26.000 y $260.000; multas especiales hasta $450.000. Quedan derogadas todas las disposiciones anteriores que se opongan a la presente Ordenanza.
Anexo I — DUTDOCUMENTO ÚNICO DE TRANSPORTE (DUT) — Valores por especie y destino: BOVINO: faenamiento/feria/invernada/reproducción $3.000; remate feria $1.500; retorno/trabajo sin cargo. CAPRINO: faenamiento/feria/invernada/reproducción $650; remate feria $65; retorno sin cargo. EQUINO: faenamiento/feria/invernada/reproducción/trabajo $1.000; remate feria $50; traslados a sí mismo $30; retorno sin cargo. OVINO: faenamiento/feria/invernada/reproducción $600; remate feria $50; retorno sin cargo. PORCINO: faenamiento/feria/invernada/reproducción $500; remate feria $50; retorno sin cargo.
Dada en sala de sesiones del Concejo Deliberante con fecha 18/12/2025.
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Decretos del Ejecutivo

Intendente Municipal — N° 098 al 111 · Diciembre 2025

DEC. 098/2025
Designación Coordinador de Desarrollo Social — Rosa, Daniel Oscar
01/12/2025 — Intendente Municipal
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Art. 1°DESÍGNASE para ocupar el cargo de COORDINADOR DE DESARROLLO SOCIAL al Sr. ROSA, DANIEL OSCAR, D.N.I. N° 16.115.293, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Coordinación.
Art. 2°REMÍTASE copia al Departamento de Contaduría a los efectos de que se imputen los haberes que fije el DEM.
Art. 3°COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
Alejandro Roca, 01 de diciembre de 2025.
DEC. 099/2025
Promulgación Ordenanza N° 058/2025 — Prórroga Período de Sesiones del Concejo Deliberante
02/12/2025 — Intendente Municipal
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Art. 1°PROMÚLGASE la Ordenanza N° 058/2025 sancionada por el Concejo Deliberante de fecha 27 de noviembre de 2025, donde se prorroga el período de sesiones del Concejo Deliberante de Alejandro Roca hasta el 31 de diciembre de 2025.
Art. 2°COMUNÍQUESE, publíquese, protocolícese, dése al Registro Municipal y archívese.
Alejandro Roca, 02 de diciembre de 2025.
DEC. 100/2025
Promulgación Ordenanza N° 059/2025 — Sistema de Regularización de Cuotas Planes de Viviendas (IPC)
02/12/2025 — Intendente Municipal
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Art. 1°AUTORÍCESE la Ordenanza N° 059/2025 sancionada por el Concejo Deliberante de fecha 27 de noviembre de 2025, que establece el sistema de regulación y actualización en cuotas de planes de viviendas y terrenos municipales.
Art. 2°COMUNÍQUESE, publíquese, protocolícese, dése al Registro Municipal y archívese.
Alejandro Roca, 02 de diciembre de 2025.
DEC. 101/2025
Promulgación Ordenanza N° 060/2025 — Escritura Traslativa Davico, Marcos Damián
02/12/2025 — Intendente Municipal
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Art. 1°AUTORÍCESE la Ordenanza N° 060/2025 sancionada por el Concejo Deliberante de fecha 27 de noviembre de 2025, donde se autoriza otorgar la escritura traslativa de dominio al Sr. DAVICO, MARCOS DAMIÁN, D.N.I. 34.885.962.
Art. 2°COMUNÍQUESE, publíquese, protocolícese, dése al Registro Municipal y archívese.
Alejandro Roca, 02 de diciembre de 2025.
DEC. 102/2025
Promulgación Ordenanza N° 061/2025 — Recomposición Salarial 4,4% ATE
02/12/2025 — Intendente Municipal
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Art. 1°PROMÚLGASE la Ordenanza N° 061/2025 sancionada por el Concejo Deliberante de fecha 27 de noviembre de 2025, donde se aprueba el Acta Acuerdo suscripta con los delegados de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) referida a incremento salarial del 4,4%.
Art. 2°COMUNÍQUESE, publíquese, protocolícese, dése al Registro Municipal y archívese.
Alejandro Roca, 02 de diciembre de 2025.
DEC. 103/2025
Recategorización — Almazán, Luis Alfredo (Categoría 18 → Categoría 20)
11/12/2025 — Intendente Municipal
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Art. 1°RECATEGORÍZASE a partir del mes de diciembre de 2025 al Sr. Almazán, Luis Alfredo, D.N.I. N° 17.246.014, promoviéndolo en forma definitiva de la Categoría N° 18 del escalafón de personal municipal a la Categoría N° 20, en reconocimiento a sus 40 años de desempeño en la Administración Municipal.
Art. 2°REMÍTASE copia al Departamento de Contaduría a los efectos de que se proceda a liquidar la remuneración correspondiente.
Art. 6°NOTIFÍQUESE al interesado, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
Alejandro Roca, 11 de diciembre de 2025.
DEC. 104/2025
Creación de la Secretaría de Educación, Cultura, Deporte y Recreación
12/12/2025 — Intendente Municipal
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Art. 1°CRÉASE en el ámbito de la Municipalidad de Alejandro Roca la Secretaría de Educación, Cultura, Deporte y Recreación, dependiente del Departamento Ejecutivo Municipal, a fin de jerarquizar las políticas públicas educativas y culturales y coordinar las acciones inherentes a dichas áreas.
Art. 2°COMUNÍQUESE, publíquese, protocolícese, dése al Registro Municipal y archívese.
Alejandro Roca, 12 de diciembre de 2025.
DEC. 105/2025
Bono de Fin de Año — Personal Municipal ($65.000)
17/12/2025 — Intendente Municipal
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Art. 1°OTÓRGUESE a todos los Agentes Municipales un Bono o gratificación especial de FIN DE AÑO por la suma de Pesos SESENTA Y CINCO MIL ($65.000,00), en reconocimiento por la tarea realizada durante el transcurso del año.
Art. 2°INFÓRMASE al Departamento de Contaduría Municipal a los efectos de proceder al pago conforme a lo dispuesto, imputándose en las partidas presupuestarias correspondientes.
Art. 3°PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
Alejandro Roca, 17 de diciembre de 2025.
DEC. 106/2025
Promulgación Ordenanza N° 063/2025 — Régimen Actualización Cuotas IPC Planes de Viviendas
22/12/2025 — Intendente Municipal
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Art. 1°AUTORÍCESE la Ordenanza N° 063/2025 sancionada por el Concejo Deliberante de fecha 18 de diciembre de 2025, que establece el sistema de regulación y actualización en cuotas de planes de viviendas y terrenos municipales mediante el IPC.
Art. 2°COMUNÍQUESE, publíquese, protocolícese, dése al Registro Municipal y archívese.
Alejandro Roca, 22 de diciembre de 2025.
DEC. 107/2025
Promulgación Ordenanza N° 064/2025 — Operaciones Financieras con Entidades Públicas y Privadas
22/12/2025 — Intendente Municipal
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Art. 1°AUTORÍCESE la Ordenanza N° 064/2025 sancionada por el Concejo Deliberante de fecha 18 de diciembre de 2025, que autoriza al D.E.M. a operar con entidades financieras públicas, privadas, nacionales o provinciales.
Art. 2°COMUNÍQUESE, publíquese, protocolícese, dése al Registro Municipal y archívese.
Alejandro Roca, 22 de diciembre de 2025.
DEC. 108/2025
Promulgación Ordenanza N° 065/2025 — Rectificación Presupuestaria N° 2 / 2025
22/12/2025 — Intendente Municipal
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Art. 1°PROMÚLGASE la Ordenanza N° 065/2025 sancionada por el Concejo Deliberante de fecha 18 de diciembre de 2025, que realiza la Rectificación Presupuestaria N° 2 del año 2025, estableciendo el Cálculo de Recursos y el Presupuesto General de Gastos en la suma de $6.273.400.000,00.
Art. 2°COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
Alejandro Roca, 22 de diciembre de 2025.
DEC. 109/2025
Promulgación Ordenanza N° 066/2025 — Ordenanza General Tarifaria 2026
22/12/2025 — Intendente Municipal
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Art. 1°PROMÚLGASE la Ordenanza N° 066/2025 sancionada por el Concejo Deliberante de fecha 18 de diciembre de 2025, que establece la Ordenanza General Tarifaria a regir desde el 1° de enero de 2026 hasta el 30 de diciembre de 2026, conforme las disposiciones emanadas de la Ordenanza General Impositiva.
Art. 2°COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
Alejandro Roca, 22 de diciembre de 2025.
DEC. 110/2025
Promulgación Ordenanza N° 062/2025 — Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos 2026 ($8.495.400.000)
22/12/2025 — Intendente Municipal
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Art. 1°PROMÚLGASE la Ordenanza N° 062/2025 sancionada por el Concejo Deliberante de fecha 18 de diciembre de 2025, donde se estima en la suma de Pesos OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($8.495.400.000,00) el total del CÁLCULO DE RECURSOS DEL AÑO 2026 para la Municipalidad de Alejandro Roca.
Art. 2°COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
Alejandro Roca, 22 de diciembre de 2025.
DEC. 111/2025
Asueto Administrativo — 26 de diciembre 2025 y 2 de enero 2026
23/12/2025 — Intendente Municipal
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Art. 1°OTÓRGUESE asueto al Personal Municipal el día viernes 26 de diciembre de 2025 (día posterior a Navidad) y también el viernes 02 de enero de 2026 (día posterior a Año Nuevo), adhiriéndose a los dos días como Asueto Administrativo.
Art. 2°INSTRUYASE a las distintas áreas dependientes de esta Municipalidad a los efectos de la implementación de las medidas necesarias tendientes a mantener continuidad de los servicios básicos esenciales a la población.
Art. 3°COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
Alejandro Roca, 23 de diciembre de 2025.

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