Art. 1°APRUÉBASE el Acta de Acuerdo suscripta con fecha 18 de julio de 2025, entre el Secretario de Gobierno y Coordinación Sr. Pablo Jesús Tosto y el Sr. Juan José Barroso en su carácter de delegado local de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), que como Anexo I forma parte de la presente Ordenanza.
Art. 2°OTÓRGUESE a todo el personal municipal (permanentes, contratados, jornaleros e inclusión social) un aumento del uno punto seis por ciento (1,6%) REMUNERATIVO sobre el sueldo neto del mes de junio de 2025, a pagarse en el mes de julio de 2025. El incremento se aplicará también sobre refrigerio, presentismo, puntualidad y otros adicionales remunerativos.
Art. 3°INCREMÉNTESE el sueldo bruto que por todo concepto corresponde al Intendente Municipal, a los Secretarios y al Asesor Letrado del D.E.M., con un aumento equivalente al mencionado ut supra, en términos REMUNERATIVOS para el mes de junio de 2025 a pagarse en julio de 2025.
Art. 4°REMÍTASE copia de la presente al Departamento de Contaduría para que se tome conocimiento y se liquiden en tiempo y forma los haberes mencionados.
Art. 5°IMPÚTANSE los gastos que demande lo dispuesto en la presente en las partidas presupuestarias correspondientes.
Art. 6°COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
Dada en sala de sesiones del Concejo Deliberante con fecha 14/08/2025.