Art. 1°APRUÉBASE LA COMPRA DE ADOQUINES DE HORMIGÓN, se incorpora presupuesto como ANEXO I de esta Ordenanza.
Art. 2°FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que gestione y tome del FONDO PERMANENTE PARA LA FINANCIACION DE PROYECTOS Y PROGRAMAS DE LOS GOBIERNOS LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA, un préstamo de hasta Pesos CUARENTA MILLONES ($40.000.000,00) con destino a la ejecución del proyecto que se aprueba por el artículo 1°.
Art. 3°FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo para que, en pago del crédito, ceda al Fondo Permanente de la coparticipación que mensualmente corresponda al Municipio en los impuestos provinciales, hasta la suma de Pesos SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($666.666,66) mensuales, durante el término máximo de sesenta (60) meses.
Art. 4°El Departamento Ejecutivo deberá notificar formalmente a la Provincia de la cesión de la coparticipación, anoticiándola de que, en mérito a tal cesión, deberá mensualmente pagarse la suma cedida directamente al Fondo Permanente.
Art. 5°FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo para que garantice la existencia y cobrabilidad del crédito tomado, con los recursos del Municipio provenientes de otras fuentes que no sean la coparticipación en los impuestos provinciales.
Art. 6°El Departamento Ejecutivo informará al Concejo Deliberante, antes del día diez de cada mes, el estado de ejecución del proyecto aprobado en el artículo 1°, y al mismo tiempo rendirá cuenta documentada de la utilización de los fondos tomados.
Art. 7°COMUNÍQUESE, publíquese, dése al Registro Municipal y archívese.
Dada en sala de sesiones del Concejo Deliberante con fecha 14/05/2025.