Art. 1°DECLÁRESE "DÍA NO LABORABLE" el 17 de marzo de 2026 en el ámbito de nuestra localidad, con motivo de conmemorarse el 121° Aniversario de la Fundación de Alejandro Roca.
Art. 2°La disposición del artículo precedente es obligatoria únicamente para la Administración Pública, Justicia, Docencia, Bancos, Seguros y actividades afines, siendo optativa para las actividades industriales, comerciales y civiles en general. Se invita a aquellas actividades para las que no es obligatorio a adherirse a la medida.
Art. 3°DIFÚNDASE en los medios masivos de comunicación locales.
Art. 4°PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, tómese razón por las reparticiones correspondientes, dése al Registro Municipal y archívese.
Alejandro Roca, 23 de febrero de 2026.