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30/04/2020

Nuevas medidas establecidas por el C.O.E. Central de la Provincia de Córdoba

Adhesión al protocolo de Bioseguridad.
USO OBLIGATORIO DEL BARBIJO/TAPABOCA PARA TODA LA COMUNIDAD.
 
COMEDORES, BARES, ROTISERÍAS, CEFETERÍAS Y PIZZERÍAS:
  • Sólo con modalidad DELIVERY
  • Uso obligatorio de barbijos/tapabocas 

KIOSCO, ALMACENES, SUPERMECADOS Y DEMÁS NEGOCIOS QUE YA ESTABAN EXCEPTUADOS:
  • Continúan trabajando con la modalidad que lo están haciendo. Horario: de 8 a 13 hs. y de 16 a 20 hs.. 

OBRAS PRIVADAS:
  1. Solo podrán trabajar en obras nuevas o en construcción donde no resida ninguna persona.
  2. Solamente podrán trabajar RESIDENTES DE LA LOCALIDAD.
  3. El horario permitido para realizar las actividades es de 8:00 hs. a 16:00 hs. de lunes a sábados.
  4. La cantidad máxima de personal por cada obra no debe ser mayor a cinco personas.
  5. Obligatorio durante la jornada laboral:
  • USO DE BARBIJO
  • LAVADO CONSTANTE DE MANOS
  • MANTENER ENTRE LOS TRABAJADORES EL DISTANCIAMIENTO DE DOS METROS. 
       6. En el lugar de trabajo:
  • MANTENER VENTILADO (en caso de interiores)
  • DESINFECTAR MAQUINARIAS Y HERRAMIENTAS7.
       7. La ropa de trabajo no debe ser la misma que la de traslado
     8. La compra de materiales se realiza vía OnLine o teléfono. Y la distribución será efectuada por el corralón o empresa en la obra, debiendo realizar tales compras dentro del mismo pueblo.
   9. Alternar los distintos rubros (instalaciones, aberturas, albañilería) para evitar aglutinación de personas)
   10. Está terminantemente PROHIBIDO COMPARTIR REFRIGERIO Y REALIZAR "ASADO DE OBRA".

COMERCIOS EXIMIDOS
  1. La presente FLEXIBILIZACIÓN refiere a los comercios que involucren atención de personas: ZAPATERÍAS, ROPERÍAS, LIBRERÍAS, LAVADERO DE AUTOS, JOYERÍAS, DECORACIÓN, MUEBLERÍAS, ELECTRODOMÉSTICOS, INFORMÁTICA, TALLES MECÁNICO, ELÉCTRICO EN GENERAL. No se flexibiliza en actividades que implican permanencia de las personas en el local comercial: PELUQUERÍAS, CENTRO DE ESTÉTICAS, NI LOCALES CON ACTIVIDADES RECREATIVAS O DE DEPORTES. 
  2. El HORARIO permitido de atención al público para estas nuevas actividades permitidas. es de lunes a sábados de 8:00 hs. a 13:00 hs.,  y de lunes a viernes de 17 a 20hs. 
  3. Se permite un máximo de dos personas en el local comercial.
  4. Es obligatorio durante la jornada laboral:
  • Uso de BARBIJO no quirúrgico que cubra boca y nariz
  • Disponer de alcohol en gel para higienización
  • Lavado constante de manos
    5. Mantener entre los trabajadores el distanciamiento de dos metros5. Se sugiere la limpieza de la superficie de la maquinaria, muebles, teclados, pantallas y todo aquello que interaccione con los empleados y que sea indispensable para la realización de las funciones asignadas, al finalizar cada turno de trabajo, o en su defecto cada 6 horas. Se utiliza solución de hipoclorito diluido (lavandina diluida en agua), en lo posible colocar en el ingreso alcohol en gel para que las personas que ingresen se definfecten.
    6. Colocar en cada ingreso un paño de piso empapado con solución de agua y lavandina (respetando las siguientes proporciones 100 ml en 10 litros de agua)
    7. Se prohíbe compartir el mate y elementos personales para alimentación y limpieza.
    8. Se prohíbe el ingreso de menores de edad en locales comerciales

PROFESIONALES LIBERALES:
CONTADORES, ESCRIBANOS, ABOGADOS, ARQUITECTOS, INGENIEROS, AGRIMENSORES, MARTILLEROS, GESTORES, ETC.
  1. Lunes a viernes de 8 a 13 hs. y de 16 a 20hs. con turnos cada 30 minutos, con medidas biosanitarías.
  2. Uso obligado de barbijo/tapabocas.
PROFESIONALES DE LA SALUD:
  1. Lunes a viernes de 8 a 20 hs.